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a) Generales
Derivan de las condiciones que Uruguay otorga a todas las estructuras
societarias.
No existen restricciones en cuanto a la cantidad de Directores, puede
ser uno o más de uno.
Los Directores pueden ser de cualquier nacionalidad. No tienen que residir
necesariamente en Uruguay.
Existe el Secreto Bancario, establecido en la ley uruguaya. También
el Secreto Profesional.
No existen Impuestos personales a las rentas o ganancias obtenidas por
las personas físicas.
No existe el Impuesto a las Herencias.
El pago de dividendos a sus accionistas, así como el pago de
beneficios financieros a sus acreedores (ya sean locales como internacionales),
no está sujeto a retención en la fuente.
Rapidez en la constitución de la Sociedad para su inmediata utilización.
La demora máxima puede ser una semana.
Bajo costo de compra y mantenimiento anual, que incluye los tributos
devengados y la administración de la sociedad.
b) Particulares de cada tipo de estructura
societaria.
Ver según sea el interés:
Bajo costo de incorporación y mantenimiento
anual
El costo de compra será diferente según el tipo de sociedad
(Offshore, Zona Franca, Sociedad Anónima), pero en todos los
casos son muy bajos de acuerdo a los valores que se manejan internacionalmente.
Se incluyen los gastos de inscripción en los Organismos Estatales,
pero no los gastos de legalización en el Consulado del País
extranjero en el Uruguay.
Adquirida una Sociedad, se entregará la siguiente documentación:
-
Libretón de
Acciones por el Capital Emitido
-
Estatutos originales
y pago del Impuesto a la Constitución de la Sociedad
-
Matrícula
de comerciante (certif. notarial Ley 16125)
-
Formulario de inscripción
en B.P.S.
-
Tarjeta de inscripción
en D.G.I. (RUC)
-
Libro Diario Libro
Inventario y Copiador de Cartas
-
Libro Actas de Asambleas
-
Libro Actas de Directorio
-
Libro de Registro
de Accionistas y Asistencia a Asambleas
-
Publicaciones exigidas
de acuerdo a las leyes vigentes.
La Sociedad se entregará
en todos los casos, con el miembro o los miembros del Directorio designados
por el comprador, debidamente inscripto para lo cual, se requiere las
firmas de los mismos y fotocopia de los documentos de Identidad o Pasaportes.
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